Régimen Obligatorio
Seguridad Social Para Todos
Se cuenta con cinco ramos de seguro que se financian con contribuciones provenientes de los patrones, el estado y los propios trabajadores:
Enfermedades y Maternidad: Brinda atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria al trabajador y a su familia. Además, otorga prestaciones en especie y en dinero que incluyen, por ejemplo; ayuda para lactancia y subsidios por incapacidades temporales.
Riesgos de Trabajo: Protege al trabajador contra accidentes y enfermedades a los que está expuesto en ejercicio o con motivo del trabajo, brindándole atención médica como protección mediante el pago de una pensión mientras esté inhabilitado para el trabajo, o a sus beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado.
Invalidez y Vida: Protege contra los riesgos de invalidez y muerte del asegurado o del pensionado por invalidez cuando estos no se presentan por causa de un riesgo de trabajo mediante el otorgamiento de una pensión a él o a sus beneficiarios.
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: Es el seguro mediante el cual el trabajador ahorra para su vejez, y por tanto, los riesgos que cubre son retiro, cesantía en edad avanzada, la vejez del asegurado, así como la muerte de los pensionados por este seguro. Con la contratación de este seguro, el trabajador tendrá derechos a una pensión, asistencia médica, y las asignaciones familiares y ayuda asistencial que correspondan al cubrir los requisitos que marca la ley.
Guarderías y Prestaciones Sociales: Otorga al asegurado y a sus beneficiarios los servicios de guarderías para sus hijos en los términos que marca la ley, y proporciona a los derechohabientes del Instituto y la comunidad en general prestaciones sociales que tienen por finalidad fomentar la salud, prevenir enfermedades y accidentes y contribuir a la elevación general de los niveles de vida de la población mediante diversos programas y servicios.
Para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados y sus beneficiarios, en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, los patrones, los trabajadores y el Estado aportarán una cuota de uno punto cinco por ciento sobre el salario base de cotización.
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